jueves, 30 de abril de 2015

QUÉ HACER ANTE ESTE TIPO DE OFERTAS DE EMPLEO ...

En estos días buscando ofertas de trabajo mediante las plataformas de empleo, he dado con algunas que hacen sospechar...

"SE NECESITA PERSONAL PARA... INTERESADOS LLAMAR AL Nº DE TELÉFONO...(móvil)..."



Vamos a reflexionar un poco sobre cómo publicaban en los tiempos de antes y después... 

Antes de que empezara la crisis:

era habitual ver una oferta con un número de teléfono,pero eso sí fijo,llamabas y te facilitaban información del puesto de trabajo y si seguía vacante te concertaban una entrevista.


En la actualidad:

se publican y desde hace tiempo se viene indicando en el anuncio...

"No se atenderán a los candidatos que se personen en la empresa"

"Absténganse de contactar por teléfono y envíen su cv. por email, de lo contrario serán descartados automáticamente"



  










Si quien lo pone es una ETT o E.RRHH:

  • Si llamas por teléfono...no te atienden ni te dan información, insisten en que te inscribas por internet en su portal.

  • Si envías email...con un poco de suerte quizás contesten a tu mensaje para decirte que les envién por correo electrónico el cv, o te apuntes a la oferta de forma online.

Ahora después de ver los dos puntos, se entiende que hay tantos aspirantes que las empresas privadas lógicamente no quieren que se les bloquee las líneas teléfonicas y tampoco ver una larga cola en la puerta de la empresa a los que tener que atender y es más en muchas ocasiones cuando vas en mano a dejar un cv. te piden que lo envíes por la web.

Respecto a las ETT, ocurre lo mismo, todo se realiza por internet, tampoco quieren tener colapsadas las líneas de teléfono por candidatos, es entendible, otras eso sí te contestan por email si tienes dudas por alguna oferta en concreto.



OJO...QUE PONGA UN Nº DE MÓVIL APARENTEMENTE DE TARIFICACIÓN NORMAL, NO QUIERE DECIR QUE NO HAY PELIGRO DE SER ENGAÑADO.

En más de una ocasión se ha escuchado que alguien ha llamado, le han hecho esperar y después le han facilitado otro número (éste sí de tarificación especial) para llamar y caer en la trampa.

Mucha gente (no voy a decir si se trata de empresas o particulares estafadores porque no lo sé) se aprovecha de las ocasiones.

Entonces...

¿Deberías llamar a ese número de teléfono que parece un simple móvil?

¿Crees realmente es una oferta de trabajo?

¿No te da qué pensar...que puede tratarse de una manera de hacerte gastar dinero en una línea de tarificación especial?


No caigas en sus redes y pásalo.

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jueves, 23 de abril de 2015

¿QUÉ PUESTO VA A SER EL MÁS DEMANDADO EN EL MERCADO LABORAL?

NUEVO PUESTO DE TRABAJO…

¿EN QUÉ PUEDO FORMARME?

¿QUÉ PUESTO ES EL QUE MÁS VAN A CONTRATAR?

¿DÓNDE IMPARTEN CURSOS DE ESTE NUEVO PERFIL PROFESIONAL?

...Compliance Officer





A RAÍZ DE LA APROBACIÓN DE LA NUEVA LEY PARA LOS QUE TRABAJAN ONLINE QUE PODÉIS LEER MÁS EN… 


se va a demandar el siguiente perfil profesional: 

Compliance Officer 

que traducido al español sería: Oficial de Cumplimiento.




¿Cuál sería el trabajo de este puesto?

Control riguroso mediante la implantación  de un plan, a fin que se cumplan todas las normativas legales y se eviten malas prácticas entre los administradores, empleados y personal responsable de la empresa.

¿Quién puede ejercer como Compliance Officer ?

Por lo que he podido documentarme son asesores fiscales, abogados, directivos, personas físicas, economistas,auditores internos-externos y consultores.

¿Cuántas categorías hay?

“Dentro del compliance hay diferentes perfiles, en función de la especialización y experiencia, como compliance officer, compliance manager o regional compliance”.



¿Dónde imparten formación para este nuevo perfil profesional?


·         CENTRO DE FORMACIÓN WOLTERS KLUWER

·         RIBAS Y ASOCIADOS                       

·         MANTIA DYNAMIC SOLUTIONS          

·         GRUPO IOE                                   

·         iiR ESPAÑA 

Quiero aclarar que mi intención en nombrar estos centros de formación, no es otra que la de informaros, no tengo ningún interés en que los cursos los realicéis en éstos, es más si conocéis otros donde impartan de este tipo, por favor dejárla en LOS COMENTARIOS y así la añado a esta entrada.

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viernes, 17 de abril de 2015

NUEVA LEY DE CONTRATACIÓN... DESPIDO GRATIS

Me acaba de sorprender una líneas que he leído de unos asesores...

DESPIDO GRATIS

sí como suena, que despedirnos al empresario no le va a costar nada de dinero, ni tendrán que comunicarlo con preaviso, ni necesitarán ningún motivo.



¿Servirá de algo?

  • ...para que aumente el número de contratos  
  • ...disminuya la tasa de desempleo 

¿Ha sido necesaria esta aprobación legislativa?

  • ...en principio diría que ES AMBIGUO

¿Hasta cuándo debería estar vigente esta ley?

  • ...hay incentivos y bonificaciones que tienen tiempo límite, lo normal es que sea temporal hasta que se logre disminuir el desempleo.

¿Qué se puede sugerir para que T O D O S los desempleados se beneficien y sean contratados?

  1. BONIFICACIONES DE LA CUOTA DE LA SEGURIDAD SOCIAL AL 100% A CARGO DE LAS ARCAS DEL ESTADO.
  2. QUE NO EXISTAN RESTRICCIONES DE EDAD NI CONDICIÓN FÍSICA,EN LAS CONTRATACIONES CON INCENTIVOS.
¿Qué se consiguiría con estas medidas?

  • Todos independientemente de nuestra edad podríamos tener igualdad de oportunidad laboral.


Después de esta amargante noticia, para unos(trabajadores) y no para otros (empresarios) os quiero dejar este gran vídeo editado por ISIDRO CRISTOBAL DEL OLMO





Si te ha gustado este vídeo, puedes encontrar más  entrando en...
Canal de Vídeos de Isidro Cristobal del Olmo

¿TU QUE PROPONDRÍAS PARA BAJAR EL PARO?

¿CREES QUE ESTA LEY ES BENEFICIOSA PARA TODOS?

¿PIERDEN LOS DERECHOS LOS TRABAJADORES?


Te invito a dejar tu opinión en LOS COMENTARIOS.

jueves, 9 de abril de 2015

¿QUÉ PUEDO HACER PARA QUE ME CONTRATEN?

¿LLEVAS MUCHO TIEMPO DESEMPLEADO?

¿NO TIENES FORMACIÓN NI EXPERIENCIA?

¿CÓMO DEBO ENFOCAR EL ENVÍO DE MI CURRÍCULUM?


La rebaja de cotizaciones para contratos fijos

¿EN QUÉ CONSISTE ESTA NUEVA MEDIDA?

No siempre los empresarios están al día de todas las bonificaciones, mayormente los gerentes y los jefes están ocupados con otros tipos de tareas, tantas que no pueden estar actualizados al 100% de cada nueva ley en la que podrían beneficiarse, al no ser que tengan necesidad de contratación de personal y sus asesores laborales les informen de las novedades laborales,fiscales…

Nosotros, los que estamos activamente buscando esa oportunidad laboral, somos los que debemos aprovechar estas nuevas bonificaciones de contratación indicándolo en la carta de presentación, a fin de propiciar nuestra contratación.

Ejemplo:

“Quiero poner en su conocimiento el nuevo modelo de medida legislativa que el Consejo de Ministros ha aprobado en la actualidad, de la cual se podría beneficiar si contratara a personal , se trata de una bonificación de 100 € en cotizaciones por contingencias comunes durante los dos primeros años,independientemente del sueldo que reciba el trabajador”.



BONIFICACIONES PARA CONTRATOS FIJOS:

 “…a partir de abril sólo estará vigente la nueva rebaja, con la que se pretende corregir la falta de progresividad de la tarifa plana de 100 euros.
Ésta se aplica siempre igual: las empresas que acceden a ella pagan únicamente 100 euros de cotizaciones por contingencias comunes durante los dos primeros años con independencia del sueldo que reciba el trabajador. Es decir, que las empresas pagan lo mismo en cotizaciones por un sueldo de 1.000 euros al mes que de 3.500 euros…”


“…la medida beneficiará, sobre todo, a los trabajadores "más vulnerables", es decir, aquellos sin experiencia, sin formación, que llevan tiempo en el paro o en quienes se concentra en mayor medida la temporalidad y el desempleo…”

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